| Anuncio: | Cuota del deudor en la universalidad jurídica de la herencia (12,5%) según posesión efectiva de MARIA DEL CARMEN LEZAMA INZUNZA y que recaen sobre el inmueble consistente en la casa y sitio ubicado en calle Violeta Parra Sandoval N° 1153, que corresponde al Lote 11 de la Manzana A, del plano 310/2005 del "Parque Habitacional Río Viejo", comuna de Chillán.
Qué se adquiere: se rematan derechos hereditarios, es decir, un porcentaje de la herencia y no el inmueble completo ni una parte física determinada de él. Mientras los herederos no realicen la partición, la propiedad se mantiene en comunidad entre ellos (indivisión). Quien se adjudique estos derechos pasa a formar parte de esa comunidad, con la posibilidad de participar en futuras gestiones de partición, venta o administración del inmueble. |