Anuncio: | remate: 24º juzgado civil santiago rematará forma presencial en dependencias del tribunal, ubicado en huérfanos 1409, piso 10, santiago, el día 1 de octubre de 2025, a las 15:00 horas, inmueble consistente en el sitio número ocho (8), de la población bío bío, ubicada en la comuna de chiguayante, compuesto de treinta y ocho (38) metros cincuenta (50) centímetros de fondo por doce (12) metros cincuenta (50) centímetros de frente, inscrito a fojas 1525 nº 983 en el registro de propiedad del conservador de bienes raíces de chiguayante, año 2017. postura mínima $ 41.045.704. postores deberán acompañarse vale vista a la orden del tribunal, equivalente al 10% del mínimo fijado para el remate, con indicación del tomador para facilitar su devolución. oferentes deberán acompañar conjuntamente con el vale vista su cédula de identidad vigente. precio pagadero 5º día desde subasta mediante deposito en la cuenta corriente del tribunal. en estricto cumplimiento a lo ordenado en el inciso quinto del artículo 29 de la ley 21389, no se admitirá participar como postores a personas que se encuentren con inscripción vigente en el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos, cuestión que el tribunal verificará de forma previa a hacer la calificación de la seriedad de la garantía. del mismo modo, el notario público no extenderá la escritura pública de compraventa, mientras no verifique que el adjudicatario no tiene una inscripción vigente en el referido registro en calidad de deudor de alimentos, y si por dicho motivo no pudiere suscribirse la escritura pública de compraventa, se dejará sin efecto el acta de remate y el proceso de subasta pública, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los términos del artículo 494 del código de procedimiento civil, y se dispondrá la devolución del dinero del precio de venta consignado por el adjudicatario, con deducción del monto que este adeude por pensión alimenticia, el que será retenido y pagado a su alimentario. asimismo, sobre la garantía de seriedad mediante vale vista, previamente a proceder a su devolución se consultará en el registro de deudores de alimentos, y de tener inscripción vigente, se dispondrá su devolución, con deducción del monto adeudado por pensión alimenticia, el que será retenido y pagado a su alimentario. se hace presente que el vale vista, deber ser tomado, por quien eventualmente se adjudicará el inmueble o derechos subastados, no admitiéndose que estos sean tomados por terceras personas, bajo apercibimiento de no ser recibidos ni admitidos en la subasta, con el fin de dar cumplimiento a lo ordenado en la ley 21389. banco internacional con acosta, rol nº 1393-2021. la secretaria. |