| Anuncio: | remate: 24º juzgado civil de santiago, huérfanos 1409, 10º piso, rematará el 7 de enero de 2026, a las 15:00 horas, de manera presencial en dependencias del tribunal el departamento nº 702 del 7º piso de la torre c, etapa i, rol de avalúo nº 6346-485, del condominio denominado como ciudad del niño, ubicado en calle san petersburgo nº 6351, comuna de san miguel, y los derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los adquirentes de los otros inmuebles y de los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno.- inmueble inscrito a nombre de la demandada a fojas 21196 nº 19500, registro propiedad conservador bienes raíces de san miguel año 2019. mínimo subasta 1.408,2493 unidades de fomento más $ 462.600 por costas judiciales. - para participar en la subasta no se aceptará dinero en efectivo. garantía 10% del mínimo mediante vale vista a la orden del tribunal, con indicación del tomador para facilitar su devolución. las garantías serán devueltas inmediatamente después de adjudicado el inmueble, con excepción de la garantía presentada por el oferente, a quien se le adjudique la propiedad, la cual, se imputará como parte del precio. los oferentes deberán acompañar conjuntamente con el vale vista su cédula de identidad vigente. en estricto cumplimiento a lo ordenado en el inciso quinto del artículo 29 de la ley 21389, no se admitirá a participar como postores a personas que se encuentren con inscripción vigente en el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos, cuestión que el tribunal verificará de forma previa a hacer la calificación de la seriedad de la garantía de propuesta. asimismo, sobre la garantía de seriedad mediante vale vista, previamente a proceder a su devolución se consultará en el registro de deudores de alimentos, y de tener inscripción vigente, se dispondrá su devolución, con deducción del monto adeudado por pensión alimenticia, el que será retenido y pagado a su alimentario. se hace presente que el vale vista, deberá ser tomado, por quien eventualmente se adjudicará el inmueble o derechos subastados, no admitiéndose que estos sean tomados por terceras personas, bajo apercibimiento de no ser recibidos ni admitidos en la subasta, con el fin de dar cumplimiento a lo ordenado en la ley 21389. el ejecutante, tercerista de prelación y/o el tercerista de pago, podrán participar en la subasta sin necesidad de rendir caución y con cargo a su crédito. saldo de precio deberá consignarse mediante deposito en la cuenta corriente del tribunal, dentro de 5º día hábil de efectuado el remate. bases y demás antecedentes, página: www.pjud.cl. consulta de causas, autos rol c-6120-2024, caratulados penta vida con jiménez. juicio hipotecario, ley de bancos. |