| Anuncio: | remate: ante séptimo juzgado civil de santiago, huérfanos 1409, 2º piso, el día 11 de marzo de 2026, a las 12:45 horas, mediante videoconferencia a través de la plataforma zoom, se rematarán, separadamente, los inmuebles consistentes en: a) departamento nº 813 del octavo piso del edificio general velásquez, con acceso principal por avenida padre alberto hurtado nº 0145, comuna de estación central, región metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número 3517 y 3517-a y b; y derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, inscrito a fojas 19.577 nº 28.081 en el registro de propiedad del conservador de bienes raíces de santiago, año 2016. mínimo subasta corresponderá a su tasación pericial a la suma de $45.008.960. b) departamento nº 1303 del décimo tercer piso del edificio general velásquez, con acceso principal por avenida padre alberto hurtado nº 0145, comuna de estación central, región metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número 3517 y 3517-a y b; y derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, inscrito a fojas 19.578 nº 28.082 en el registro de propiedad del conservador de bienes raíces de santiago, año 2016. mínimo subasta corresponderá a su tasación pericial a la suma de $60.304.735. c) departamento nº 806 del octavo piso del edificio general velásquez, con acceso principal por avenida padre alberto hurtado nº 0145, comuna de estación central, región metropolitana, de acuerdo al plano archivado con el número 3517 y 3517-a y b; y derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, inscrito a fojas 19.576 nº 28.080 en el registro de propiedad del conservador de bienes raíces de santiago, año 2016. mínimo subasta corresponderá a su tasación pericial a la suma de $57.317.637. todo interesado en participar en la subasta como postor, deberá contar con firma electrónica avanzada, o en su defecto, tener activa su clave única del estado, para la suscripción del acta de remate; además, deberá rendir caución que no podrá ser inferior al 10% del mínimo fijado para el remate, mediante vale vista tomado en cualquier banco de la plaza, a la orden del tribunal, con indicación del tomador para facilitar su devolución. el vale vista deberá ser presentado en la secretaría del tribunal el día anterior al fijado para la subasta, entre las 12:00 y 14:00 horas, oportunidad en la que deberá registrar correo electrónico, exhibir cédula de identidad, y acompañar copia simple del referido documento, así como del vale vista, el que si recayere en día sábado deberá ser presentado el día hábil anterior. en caso de cumplirse con los requisitos establecidos, la audiencia se llevará a cabo en la sala virtual de remates del tribunal id zoom nº 4184423280, clave: 723361. el adjudicatario deberá consignar en la cuenta corriente del tribunal el saldo del remate dentro de quinto día hábil contado desde la fecha de la subasta. cumplido lo dispuesto en la base décima, o, en su caso, en la undécima, se procederá a escriturar la adjudicación, la que deberá suscribirse dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde que la resolución que ordena extender escritura se encuentre ejecutoriada o cause ejecutoria. las garantías serán restituidas a quienes no se adjudiquen el bien a subastar de lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 horas en la secretaría del tribunal. la garantía presentada por el oferente adjudicatario, se imputará como parte del precio. el subastador deberá proceder a la firma del acta de remate de manera inmediata a la realización de la subasta, la que le será remitida a su correo electrónico, para su suscripción con fea o clave única y luego devuelta al tribunal, o incorporada al expediente, según corresponda, antes de las 16:00 horas del día de la celebración, bajo apercibimiento de quedar sin efecto el remate. el ministro de fe del tribunal, con objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 29 de la ley nº 21.389, deberá corroborar en el registro de deudores de pensión de alimentos, si el postor registra inscripción vigente en calidad de deudor de alimentos. en caso afirmativo, se excluirá del listado de postores autorizados para participar en la subasta. bases y antecedentes en juicio ejecutivo banco santander-chile con jubilaciones y previsión spa, rol nº c-16510-2024. secretaria. |