| Anuncio: | remate ante el 24º juzgado civil de santiago, huérfanos 1409 piso 10, remata de forma presencial, el día 28 de octubre de 2026, a las 15:00 horas, propiedad ubicada en pasaje cerdeña nº 1324, que corresponde al sitio nº 53, del plano de loteo respectivo, comuna de maipú, región metropolitana. inscrita a fojas 26041 número 25822 del registro de propiedad del conservador de bienes raíces de santiago, correspondiente al año 2005. mínimo para las posturas subasta asciende a 269,070577 unidades de fomento, avaluados en pesos a la fecha de la subasta, más la suma de $ 206.800.- por concepto de costas. pago al contado. los oferentes que cumplan con lo establecido en las bases podrán participar en la subasta y se adjudicará a la oferta más alta sobre el mínimo fijado. para participar en la subasta no se aceptará dinero en efectivo. deberá acompañarse vale vista a la orden del tribunal, equivalente al 10% del mínimo fijado para el remate, con indicación del tomador para facilitar su devolución. las garantías serán devueltas a los oferentes inmediatamente después de adjudicado el inmueble, con excepción de la garantía presentada por el oferente, a quien se le adjudique la propiedad, la cual, se imputará como parte del precio. los oferentes deberán acompañar conjuntamente con el vale vista su cédula de identidad vigente. en estricto cumplimiento a lo ordenado en el inciso quinto del artículo 29 de la ley nº 21.389, no se admitirá a participar como postores a personas que se encuentren con inscripción vigente en el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos, cuestión que el tribunal verificar de forma previa a hacer la calificación de la seriedad de la garantía de propuesta. del mismo modo, el notario público no extenderá la escritura pública de compraventa, mientras no verifique que el adjudicatario no tiene una inscripción vigente en el referido registro en calidad de deudor de alimentos, y si por dicho motivo no pudiere suscribirse la escritura pública de compraventa, se dejará sin efecto el acta de remate y el proceso de subasta pública, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los términos del artículo 494 del código de procedimiento civil, y se dispondrá la devolución del dinero del precio de venta consignado por el adjudicatario, con deducción del monto que este adeude por pensión alimenticia, el que ser retenido y pagado a su alimentario. asimismo, sobre la garantía de seriedad mediante vale vista, previamente a proceder a su devolución se consultará en el registro de deudores de alimentos, y de tener inscripción vigente, se dispondrá su devolución, con deducción del monto adeudado por pensión alimenticia, el que ser retenido y pagado a su alimentario. se hace presente que el vale vista, deberá ser tomado, por quien eventualmente se adjudicar el inmueble o derechos subastados, no admitiéndose que estos sean tomados por terceras personas, bajo apercibimiento de no ser recibidos ni admitidos en la subasta, con el fin de dar cumplimiento a lo ordenado en la ley 21389. bases y antecedentes, autos ejecutivo en conformidad a la ley general de bancos, rol n c-28969-2019, caratulados banco estado con flores gonzález. el secretario(a). |